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DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA VENDER UN DEPARTAMENTO CON EL TITULAR RESIDENTE EN EL PAÍS:

Posted by Eduardo Ilzarbe on abril 3, 2023
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Cuando se pone en venta un departamento, es necesario disponer de la documenta-ción necesaria para la gestión del Boleto de Compraventa y/o la traslación del dominio del inmueble, del vendedor al comprador.
Normalmente esta documentación es solicitada por el profesional:

  1. Copia simple, no legalizada del Título de Propiedad (escritura). Debe tener el original y en caso de no disponer de él, deberá solicitar una copia, llamada “Segundo Testimonio”.
  2. Copia del D.N.I. del/ de los titular/es del dominio.
  3. Reglamento de Copropiedad del Consorcio. En caso de no tenerlo, solicitar una copia al Administrador del Consorcio y si éste no lo tuviera, se puede solici-tar a la dependencia de Catastro (personalmente con la escritura y el DNI o a través de un gestor).
  4. Plano de subdivisión de propiedad horizontal, si la venta se hiciera con pago mediante un crédito. En caso de no tenerse, las alternativas de obtención son las mismas que en el caso anterior.
  5. Código de Transferencia del Inmueble. Se solicita online ante la AFIP. Puede hacerlo el titular del dominio, o por delegación y en su nombre el Corredor In-mobiliario que efectúa la gestión de compra-venta o el Escribano interviniente.
  6. Exención del pago del Impuesto a la Transferencia del Inmueble (I.T.I.), trá-mite personal o a través de un representante designado ante la AFIP, en caso de utilizar el dinero de la venta para la compra de un inmueble, antes de trans-currido un año de la venta.
  7. Copia actualizada de liquidación de expensas y una factura Rentas, ABL y de cada servicio del inmueble (electricidad, gas, agua.) Para que previo al acto de traslación del dominio, el escribano pueda requerir los comprobantes de deuda para cancelarlas previamente a la traditio.
  8. Si está hipotecado aunque esto figurará en el pedido de Informe de Dominio solicitado por el Corredor Inmobiliario o en el Certificado que solicita el Escri-bano, dar aviso al acreedor hipotecario.
  9. Divorcio. En caso de haberse efectuado el divorcio de un matrimonio titular del dominio, agregar copia del Acta de Divorcio.
  10. Sucesión. En caso de encontrarse el inmueble en sucesión, agregar copia de la Declaratoria de herederos y de la autorización judicial para disponer del in-mueble los derecho habientes.

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